Ya se ha publicado la nueva normativa para patinetes eléctricos que supone que a partir de enero de 2024 todos los patinetes deberán contar con un certificado de circulación.
Desde esa fecha, solo se podrán vender patinetes eléctricos que cumplan con las características incluidas en el siguiente documento.
Sin embargo, todos los patinetes comercializados hasta ese día podrán circular sin certificado hasta el 22 de enero 2027.
Algunas de las características que deben cumplir los patinetes son un máximo de velocidad máxima de 25 km/hora, disponer de un indicador de información visible en el que conste la velocidad y la batería, un sistema de frenado adecuado, elementos de visibilidad delanteros, laterales y traseros, un avisador acústico y un sistema de estabilización de aparcamiento, entre otros aspectos.
Además, los patinetes eléctricos deberán llevar en la parte trasera un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.
El objetivo de la DGT con esta acción es reducir la siniestralidad ya que en 2020 fallecieron 8 usuarios, 97 resultaron heridos hospitalizados y 1.097 fueron heridos no hospitalizados.
Posts relacionados